⸺Requisitos⸺
Guatemala
Títulos propios
Títulos oficiales
La normativa legal que respalda el reconocimiento de títulos obtenidos en el extranjero:
- Constitución Política de la República. Sección Quinta. Universidades
- Ley de Educación superior
- Acuerdos bilaterales o multilaterales referidos a homologación
Para reconocer un título en Guatemala se ven involucradas instituciones como:
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Universidad San Carlos de Guatemala (USAC)
Costo
Q.6,000.00 (aproximadamente 750 USD)
Se presenta ante la USAC un Formulario de Solicitud junto a los siguientes documentos:
a. Original y fotocopia del documento de identificación personal
b. Original y fotocopia del título profesional, el cual deberá estar debidamente autenticado por las autoridades competentes del país de la Institución que lo expide y los conductos diplomáticos correspondientes. (la calificación del título e Institución deberá hacerse como primer paso en el trámite del expediente de Incorporación).
2. En casos excepcionales calificados por el Departamento de Registro y Estadística, documentación adicional que podrá ser solicitada oficialmente por el Secretario de la Universidad de San Carlos, corriendo el interesado con los gastos que se causen.
3. El interesado/a para Incorporarse, podrá escoger una de las siguientes opciones: Realizar examen de incorporación o Efectuar un año de servicio social o el equivalente a 1,600 horas de servicio
Se deben de realizar las autenticas de los documentos expedidos en el extranjero, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Cuando alguno de los documentos anteriores está escrito en idioma distinto al castellano, el peticionario deberá presentar una traducción, debidamente autenticada. Presentar todos los documentos requeridos.
La duración del trámite para el reconocimiento de títulos es de 4 a 6 meses.
INCORPORACIÓN:
Requisitos:
El interesado deberá solicitar, llenar y entregar el formulario de solicitud Form. RyE No. 01 al encargado en el departamento de registro y estadística, presentando la documentación siguiente:
Original y fotocopia del Documento Personal de identificación.
Original y fotocopia del título profesional, el cual deberá estar debidamente autenticado por las autoridades de la Institución que lo expide y los conductos diplomáticos correspondientes. (La calificación del título e institución deberá hacerse como primer paso para el trámite de incorporación.)
Si la Unidad Académica lo requiere, deberá presentar Constancia certificada de los estudios realizados en la Institución de Estudios Superiores del extranjero, que expide el título con indicación del tiempo de duración de los mismos, debidamente autenticado por las autoridades de la Institución que lo expide y por los conductos diplomáticos correspondientes.
En casos excepcionales, documentación adicional podrá ser solicitada oficialmente por el Secretario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, corriendo el interesado con los gastos que causen.
Si los documentos están redactados en idioma extranjero, deben ser vertidos al español bajo juramento por traductor autorizado en la República de Guatemala, de no haberlo para determinado idioma, serán traducidos bajo juramento por dos personas que hablen y escriban ambos idiomas con legalización notarial de sus firmas.
Tasas Universitarias:
Para egresados de Universidades Nacionales y Centroamericanas pertenecientes al Consejo Superior Universitario Centroamericano, Q.3,600.00 en efectivo.
Para egresados de Centros de Educación Superior del resto del mundo Q.6,000.00.
Trámite por los Conductos Diplomáticos:
Para América Latina, Europa y Asia:
Pases de ley o apostilla regulada en el Convenio de la Haya.
El título deberá llevar la firma de la autoridad que expide el documento, la cual deberá ser autenticada por el Ministerio de Exterior o las autoridades competentes del país que expide el documento.
La firma de las autoridades del Ministerio de Exterior del país que expide el documento deberá autenticarla el Cónsul de Guatemala, acreditado en ese país.
La firma del Cónsul de Guatemala acreditado en ese país deberá ser autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala.
Si no hubiese autoridad guatemalteca acreditada en ese país, deberá firmar el Consulado de Guatemala más cercano.
Para los Estados Unidos de América:
Pases de ley correspondientes a cada Estado o apostilla regulada en el Convenio de la Haya.
El título deberá llevar la firma de la autoridad que expide el documento, firmada por Notario de Estados Unidos de América.
La firma del Notario deberá autenticarla el Jefe de Condado más cercano o autoridad de la Alcaldía de la ciudad.
La firma del Jefe o Alcalde de la ciudad deberá autenticarla el Cónsul de Guatemala en Estados Unidos de América.
La firma del Cónsul de Guatemala acreditado en ese país deberá ser autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala.
Si no hubiese representación diplomática, deberá firmar el Consulado de Guatemala más cercano.
